14 mar 2011

Gusticia | Joaquín Trujillo

Este fragmento se encontró inacabado entre sus papeles;
el autor no tuvo tiempo de darle la última mano;
pero los primeros pensamientos de los grandes maestros
merecen ser conservados para la posteridad,
como los esbozos de los grandes pintores.
ENCICLOPEDIA (1757), TOMO VII*



Gusto y Justicia han sido entendido(a)s a veces conjunta y a veces separadamente. Separada, cuando la experiencia estética ha sido considerada una cuestión muy personal, una mera experiencia, lo que comúnmente se llama “una cuestión de gustos”, y, entonces, el examen de “justicia” no es admitido; es tenido  por extraño, pretencioso e incluso violento a propósito de la posición única e irrepetible, esa perspectiva tan válida como muchas otras que saturan el universo de los pareceres. No tiene sentido juzgar en esta versión al objeto ni al gusto más allá del mero gusto.

Conjuntamente se entiende a la Justicia y al Gusto, en cambio, cuando lo que se llama “el buen gusto” es considerado, en justicia, precisamente un asunto de justicia por cuanto a través de un juicio estético juzgamos el gusto propio o el ajeno, o bien, por medio de la sofisticación de ese gusto logramos un consenso del gusto, el cual es apreciado como un verdadero universo en el que todas sus perspectivas se han puesto finalmente de acuerdo.
Hume vio en la refinación del gusto una cuestión de temperamentos, y en razón de ello se le puede contar entre quienes tienen al gusto y a la justicia como a asuntos sólo relacionados por una muy específica costumbre concerniente en estrechar su vínculo; Kant, en cambio, creyó posible formular una verdadera Justicia del gusto, o más bien —lo que es mucho más atrevido— pretendió juzgar ese mismo acto de juzgar el gusto, dictaminando —era que no— la competencia del tribunal de la razón en este asunto, con lo cual, aunque no identificaba Gusto y Justicia, sí enclaustró a ambas deidades en una misma habitación.

El gusto, malo o bueno, nace de una propensión a los objetos, una propensión que no necesariamente los toca ni, supuestamente, los modifica. Eso en principio.

Pero la justicia es una propensión muy distinta. Es una actividad que consiste en corregir el acontecer conforme a un concepto que se tiene de aquel mismo acontecer. No se hace justicia sólo en la mente —como bien puede cultivarse el gusto—, sino que se la lleva a cabo mediante el llamado “acto de justicia” que se exterioriza tanto como se exterioriza también un objeto del gusto por cuanto es, precisamente, perceptible.

Ahora bien, ¿puede el gusto volverse objeto de la justicia como el acontecer social, según la justicia, lo es? Esta pregunta debe ser reemplazada por una menos fundamental: ¿qué es lo que se intenta proteger cuando nos abstenemos de hacer justicia respecto del gusto, cuando no intentamos mejorarlo en conformidad al “buen gusto”?

E intentaremos responder a la segunda pregunta para eludir, de una manera elegante, la primera.

Se intenta proteger un gusto que todavía no ha sido percibido. ¿Y por qué? Porque, en definitiva, se intenta proteger mediante esa abstención una justicia posible y precaver una injusticia probable.

Las fábulas que hemos heredado del siglo XX son, en tal sentido muy alumbradoras. Se nos ha ensañado que Le Figaro cometió un acto de suma injusticia cuando menospreció y atacó la exposición de los primeros impresionistas; que los sindicatos soviéticos fueron injustos cuando atacaban a Shostakovich, a Pasternak o a Ajmátova; que los nazis mostraron su decidida injusticia al conformar sus museos de “Enterte Kunst”.

Y, por esto, como el paso del tiempo ha permitido revalorar lo que antes fue menospreciado, y, por lo tanto, el tiempo ha permitido entrar en razón, y con ello, lograr una póstuma justicia es que una moraleja hemos aprendido: es preciso, a fin de ser justos, retardar el juicio del gusto.

En este sentido, la justicia y el gusto están relacionados. Un gusto demorado hace posible una justicia del gusto, una Gusticia.

Sin embargo, la justicia del gusto nos devuelve siempre a la pregunta cuya respuesta eludimos: ¿es justo, y de buen gusto, hacer un acto de justicia del gusto? Decir por ejemplo: Esto es una obra de arte; esto es una de las grandes pequeñas obras; esto es la obra de una gran promesa; esto es una obra compleja; esto es interesante; esto no es una obra defectuosa; esto es un bodrio; esto es una verdadera porquería. ¿Puede haber justicia en las cosas del gusto y a la vez buen gusto en la actividad de justicia? En definitiva, ¿es justo o de buen gusto la Gusticia?, ¿es de Gusticia la Gusticia?

*Epígrafe elegido por el editor

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